{"id":1353,"date":"2009-12-04T13:15:00","date_gmt":"2009-12-04T16:15:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.mrtrader.com.ar\/?p=1353"},"modified":"2009-12-05T18:27:19","modified_gmt":"2009-12-05T21:27:19","slug":"impuestos-al-inversor-no-residente-en-ee-uu-acciones-dividendos-intereses-bienes-races-renta","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.mrtrader.com.ar\/?p=1353","title":{"rendered":"Impuestos al inversor no residente en EE.UU, acciones, renta, dividendos, intereses, bienes ra&iacute;ces .."},"content":{"rendered":"<p align=\"justify\"><a href=\"http:\/\/www.mrtrader.com.ar\/wp-content\/uploads\/2009\/12\/impuestos_no_residentes_usa_21.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" style=\"border-right-width: 0px; margin: 0px 10px; display: inline; border-top-width: 0px; border-bottom-width: 0px; border-left-width: 0px\" title=\"impuestos_no_residentes_usa_2\" border=\"0\" alt=\"impuestos_no_residentes_usa_2\" align=\"left\" src=\"http:\/\/www.mrtrader.com.ar\/wp-content\/uploads\/2009\/12\/impuestos_no_residentes_usa_2_thumb1.jpg\" width=\"93\" height=\"180\" \/><\/a> En uno de los \u00faltimos post trate el tema del <a href=\"http:\/\/www.mrtrader.com.ar\/?p=1323\">impuesto a la renta financiera<\/a> para los residentes en Estados Unidos, de ah\u00ed nacieron varias consultas sobre los impuestos que tiene un inversor no residente en dicho pa\u00eds. Esta informaci\u00f3n se puede hallar en detalle en la IRS, dejo los link a los documentos en ingles :<\/p>\n<p align=\"justify\"><a href=\"http:\/\/www.irs.gov\/pub\/irs-pdf\/p515.pdf\" target=\"_blank\">Withholding of Tax on Nonresident Aliens and Foreign Entities 2009<\/a><\/p>\n<p align=\"justify\"><a href=\"http:\/\/www.irs.gov\/pub\/irs-pdf\/p519.pdf\" target=\"_blank\">U.S. Tax Guide for Aliens<\/a><\/p>\n<p align=\"justify\">Aqu\u00ed les acerco un art\u00edculo que le\u00ed hace un tiempo, donde se explica en general el escenario impositivo para este caso .&#160; <\/p>\n<h2>Tax on Nonresident<\/h2>\n<p align=\"justify\">Las reglas respecto de los grav\u00e1menes aplicables a los no residentes son a menudo confusas, complejas y sujetas a muchas excepciones. Entonces, s\u00f3lo repasaremos las reglas m\u00e1s generales y las m\u00e1s significativas excepciones a esas reglas. <\/p>\n<p> <!--more-->  <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Ingresos de fuentes norteamericanas no pertenecientes a negocios<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Los ingresos de un extranjero no residente que no est\u00e1n efectivamente conectados con la consecuci\u00f3n de un negocio o comercio en los EE.UU. est\u00e1n generalmente exentos del ingreso a las ganancias, a menos que provengan de fuentes ubicadas dentro de los EE.UU. y puedan definirse como \u201cingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas\u201d (tambi\u00e9n conocido como FDAP). En esta definici\u00f3n se incluyen sueldos e indemnizaciones, intereses, dividendos, rentas y royalties recibidos de fuentes norteamericanas, pero no ganancias de capital ni otros ingresos generados por la venta de propiedades. El impuesto a los ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas se aplica con una tasa fija del 30% y es normalmente cobrado por el pagador de ingresos, quien retiene este impuesto del extranjero no residente y lo remite a la Direcci\u00f3n Impositiva (IRS). El impuesto es aplicado a los montos brutos de ingresos, queriendo decir esto que no se permiten deducciones para llegar a los montos sujetos a gravamen. El m\u00e9todo de retenci\u00f3n de impuestos refleja la dificultad para cobrar impuestos a los extranjeros no residentes, quienes a menudo no se encuentran f\u00edsicamente dentro del pa\u00eds ni est\u00e1n atados a los EE.UU. por residencia o asuntos comerciales. <\/p>\n<p align=\"justify\">Al no permitir los descuentos de gastos, el impuesto retenido se convierte frecuentemente en confiscatorio. Por ejemplo, la prohibici\u00f3n de los gastos de depreciaci\u00f3n a menudo provoca que el 30% calculado sobre importes brutos a menudo sea superior al 30% de los ingresos netos. \u00a1En ciertas instancias, la retenci\u00f3n de impuesto puede incluso aplicarse a pesar del hecho de que el extranjero no residente no declare ning\u00fan tipo de ingresos! <\/p>\n<p align=\"justify\">Los Estados Unidos ha introducido un n\u00famero de excepciones a las reglas descriptas arriba. Por caso, existen exenciones por ciertos tipos de ingresos por inter\u00e9s, y los extranjeros no residentes pueden, en circunstancias limitadas, pagar un 30% fijo sobre las ganancias de capital, a pesar de que la regla general afirma que ese tipo de ganancias est\u00e1n exentas de esta retenci\u00f3n impositiva. <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Salarios, jornales e indemnizaciones<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Los salarios, jornales e indemnizaciones provenientes de fuentes norteamericanas est\u00e1n incluidos en los ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas, y siempre que un extranjero no residente los perciba estar\u00e1n sujetos a (1) el 30% de retenciones, o (2) retenciones salariales tal como ocurre con los ciudadanos norteamericanos y los residentes. Los salarios, jornales e indemnizaciones ser\u00e1n de fuentes norteamericanas si los pagos est\u00e1n relacionados con servicios efectuados dentro del territorio estadounidense. Si una indemnizaci\u00f3n para un no residente no supera los $3.000 dentro de un a\u00f1o fiscal, se la considera proveniente de fuente extranjera, y no est\u00e1 sujeta a retenciones si (1) el no residente est\u00e1 presente en los Estados Unidos de manera temporaria; (2) el no residente no est\u00e1 presente en los Estados Unidos por m\u00e1s de 90 d\u00edas durante el a\u00f1o impositivo; y (3) el empleador es un extranjero que no mantiene contacto comercial con los EE.UU., o es una dependencia extranjera de un empleador norteamericano. N\u00f3tese que, debido a la prestaci\u00f3n de servicios en Estados Unidos generalmente da lugar a la existencia de un comercio o negocio, los pagos por tales servicios frecuentemente no est\u00e1n sujetos a la retenci\u00f3n de impuestos y en lugar de ello se gravan bajo las reglas impositivas pertinentes (ver abajo). <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Becas y financiamiento a estudiantes e investigadores extranjeros<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">El gravamen a ser impuesto a las becas y financiamiento a estudiantes e investigadores extranjeros no residentes que se encuentren temporariamente en los Estados Unidos bajo visas de no inmigrante F, J, M \u00f3 Q, estar\u00e1 sujeto a retenci\u00f3n de impuestos. Sin embargo, la tasa impositiva se reducir\u00e1 al 14%. Generalmente, las becas y financiamiento no son imponibles siempre que se usen para gastos justificados, incluidos ense\u00f1anza y cuotas, pero los importes usados para gastos corrientes s\u00ed podr\u00e1n ser gravados. <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Ingresos por intereses<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">El gravamen del ingreso por intereses es tal vez el \u00e1rea m\u00e1s confusa de los ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas. Generalmente, el 30% de la retenci\u00f3n de impuestos se aplica el monto bruto del ingreso por inter\u00e9s percibido por un extranjero no residente. Sin embargo, los Estados Unidos son una suerte de \u201cpara\u00edso fiscal\u201d si hablamos de ingreso por inter\u00e9s. Hay varios tipos de inter\u00e9s a los que el Congreso estadounidense eximi\u00f3 de grav\u00e1menes, entre ellos: (1) inter\u00e9s por portfolio de acciones y (2) intereses por dep\u00f3sitos en bancos estadounidenses. Estas exenciones permiten a los no residentes prestar grandes cantidades de capital a ciudadanos norteamericanos sin tener que pagar ning\u00fan tipo de impuestos sobre el inter\u00e9s resultante. <\/p>\n<h2>Exenci\u00f3n sobre el inter\u00e9s por portfolio de acciones<\/h2>\n<p align=\"justify\">La exenci\u00f3n sobre el inter\u00e9s por portfolio de acciones fue originalmente puesta en funcionamiento para permitir que las corporaciones estadounidenses participen directamente en el mercado de bonos europeo. Si no fuera por esta exenci\u00f3n, se les har\u00eda dif\u00edcil a las corporaciones estadounidenses negociar obligaciones de EE.UU. en mercados internacionales, ya que los tenedores de bonos internacionales quieren asegurarse de que no podr\u00e1n ser sujetos a las retenciones de impuestos estadounidenses. <\/p>\n<p align=\"justify\">Si la obligaci\u00f3n por la cual se paga inter\u00e9s es abonada mediante formulario registrada, la exenci\u00f3n del inter\u00e9s por portfolio de acciones s\u00f3lo ser\u00e1 v\u00e1lida si se entrega un documento escrito declarando que el beneficiario al cual se transfiere la obligaci\u00f3n no es ciudadano norteamericano. La nota <strong>(a menudo emitida a trav\u00e9s del formulario W-8 de IRS<\/strong>) debe ser emitido por la persona a la que de otra manera corresponder\u00eda retenerle el impuesto. Si la obligaci\u00f3n no se ha negociado mediante formulario registrado, no se requiere nota al agente de retenci\u00f3n de impuestos, pero la exenci\u00f3n no ser\u00e1 v\u00e1lida a menos que la obligaci\u00f3n haya sido emitida bajo pautas dise\u00f1adas para prevenir que la acci\u00f3n caiga en manos de norteamericanos. Al cumplir con las reglas de exenci\u00f3n sobre el inter\u00e9s por portfolio de acciones, se asegura que un residente norteamericano no pueda evitar el impuesto normal de ingreso por inter\u00e9s. Para saber si una obligaci\u00f3n est\u00e1 registrada mediante formulario, busque asesoramiento financiero. <\/p>\n<p align=\"justify\">La exenci\u00f3n sobre el inter\u00e9s por portfolio de acciones tampoco existir\u00e1 para intereses recibidos por un accionista o socio del 10%. Entonces, un socio mayoritario de una entidad no podr\u00e1 percibir ingresos libres de impuestos ampar\u00e1ndose en la exenci\u00f3n sobre el inter\u00e9s por portfolio de acciones. <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Intereses por dep\u00f3sitos bancarios<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Los intereses por dep\u00f3sitos bancarios est\u00e1n generalmente exentos de la retenci\u00f3n de impuestos. El prop\u00f3sito de esta exenci\u00f3n es alentar a personas extranjeras a depositar fondos en los Estados Unidos. La exenci\u00f3n tambi\u00e9n puede aplicarse con respecto a los dep\u00f3sitos de ahorros locales y asociaciones prestamistas, y a los montos retenidos por las compa\u00f1\u00edas de seguros seg\u00fan los acuerdos de pago de intereses existentes sobre esos montos. <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Ingresos por dividendos<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">La tasa de retenci\u00f3n del 30% tambi\u00e9n es v\u00e1lida al pago de dividendos provenientes de fuentes norteamericanas, sin importara si los dividendos son pagaderos en efectivo o en propiedades. Generalmente, los dividendos se consideran como provenientes de fuentes norteamericanas si son pagadas por una corporaci\u00f3n norteamericana. Los dividendos se consideran como provenientes de fuentes extranjeras si son pagadas por corporaciones extranjeras. Los dividendos de corporaciones norteamericanas podr\u00e1n ser exentos de retenciones impositivas parcial o totalmente si al menos el 80% de los ingresos brutos de la corporaci\u00f3n por todo concepto se deriva de una actividad comercial o de negocios en un pa\u00eds extranjero o en una posesi\u00f3n norteamericana. Para determinar si se cumple con el porcentaje del 80%, se toman en cuenta los tres a\u00f1os precedentes al a\u00f1o sobre el cual se debe tributar. <\/p>\n<p align=\"justify\">Los dividendos recibidos de una corporaci\u00f3n extranjera son tratados como fuente norteamericana y sujetos a retenci\u00f3n impositiva si el 25% o m\u00e1s de los ingresos brutos de la corporaci\u00f3n extranjera durante los tres a\u00f1os precedentes ha estado efectivamente conectado con la prosecuci\u00f3n de un negocio o comercio en los Estados Unidos. <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Ingresos por rentas<\/strong> <\/p>\n<p align=\"justify\">Las rentas provenientes de fuentes norteamericanas est\u00e1n sujetas a retenciones impositivas siempre que se deriven del uso de propiedades ubicadas en territorio norteamericano. Sin embargo, las retenciones impositivas por rentas rara vez son pagadas. A menudo, la actividad de manejar propiedades para el alquiler alcanza el status, para la ley de EE.UU., de negocio o comercio (ver abajo), eximiendo a los ingresos que provengan de dicha actividad del r\u00e9gimen de ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas (FDAP). Sumado a esto, un inversor extranjero puede optar por tomar los ingresos por bienes inmuebles de fuentes norteamericanas como efectivamente conectados a la consecuci\u00f3n de un negocio o comercio. Esta elecci\u00f3n es ventajosa porque permite a los inversores, que de otra manera estar\u00edan sujetos al r\u00e9gimen de retenci\u00f3n de impuestos de ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas, deducir gastos relacionados con el mantenimiento de sus bienes inmuebles. <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Royalties<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Los royalties o derechos de autor tambi\u00e9n est\u00e1n sujetos a retenciones impositivas. De manera opuesta a la frase \u201canual o peri\u00f3dica\u201d, los royalties son gravables ya sea en el caso de ser percibidos en cuotas o de forma total. Las ganancias por la venta de propiedad intelectual tambi\u00e9n est\u00e1n sujetas a retenciones impositivas si son incluidas en los recibos de pago referentes a la productividad, el uso o la futura venta de la propiedad. <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Otros tipos de FDAP<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">La siguiente es una breve lista de otros tipos de ingresos provenientes de fuentes norteamericanas que son considerados ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas y est\u00e1n sujetos a retenciones impositivas seg\u00fan la ley de EE.UU.: <\/p>\n<p align=\"justify\">1. cuota alimentaria<\/p>\n<p align=\"justify\">2. ciertas ganancias provenientes del juego<\/p>\n<p align=\"justify\">3. beneficios provenientes de la Seguridad Social <\/p>\n<p align=\"justify\">Validez de los tratados impositivos<\/p>\n<p align=\"justify\">Los tratados impositivos entre los Estados Unidos y el pa\u00eds donde el receptor de los ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas reside, a menudo reduce o elimina las tasas de retenci\u00f3n aplicables a muchos de los tipos de ingresos descriptos en este art\u00edculo. <\/p>\n<p align=\"justify\">Por ejemplo, los tratados a menudo ofrecen generosas exenciones sobre los grav\u00e1menes estadounidenses por indemnizaciones y sueldos percibidos por no residentes que permanezcan en los Estados Unidos por per\u00edodos cortos de tiempo. La compensaci\u00f3n hacia los empleados es normalmente exenta de impuestos si (1) el no residente permanece en los Estados Unidos por un lapso no mayor a 183 d\u00edas en el curso de un a\u00f1o impositivo; (2) el empleador no tiene status de residente en los Estados Unidos; y (3) la indemnizaci\u00f3n no corresponde a un lugar fijo de empleo por parte del empleador en los Estados Unidos. <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Ganancias derivadas de la venta de bienes<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Como se mencion\u00f3 anteriormente, las ganancias de capital (ganancias derivadas de la venta de bienes) est\u00e1n generalmente exentas del r\u00e9gimen de ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas. Sin embargo, existen excepciones. <\/p>\n<p align=\"justify\">Una de ellas es la que refiere a las ganancias netas de capital provenientes de fuentes norteamericanas percibidas por extranjeros no residentes que hayan estado en los Estados Unidos por 183 d\u00edas o m\u00e1s. A primera vista, esta regla parece obvia ya que aquellos que no posean status de ciudadanos norteamericanos y se queden en el pa\u00eds por m\u00e1s de 183 d\u00edas son tratados como extranjeros residentes, sujetos en consecuencia a grav\u00e1menes por los ingresos que perciban en cualquier parte del mundo. La prueba de los 183 d\u00edas, bajo el r\u00e9gimen de ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas, se aplica \u00fanicamente cuando no se puede determinar con exactitud si la cantidad de d\u00edas que un extranjero estuvo en los Estados Unidos sirven para clasificarlo definitivamente en las categor\u00edas de residente o de no residente. Por ejemplo, d\u00edas en que el extranjero estuvo en el pa\u00eds para tratarse por una enfermedad, que no pueden ser contados para los prop\u00f3sitos de establecer el status de residente o no residente. <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Las retenciones se efect\u00faan al principio<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Las retenciones impositivas del 30% se aplican casi en su totalidad a quien constituya la primer fuente de pago. El impuesto debe ser retenido y enviado a la Direcci\u00f3n Impositiva (IRS) por cualquier pagador (el agente de retenci\u00f3n) incluyendo empleadores, acreedores, arrendatarios o agentes de fondos fiduciarios que tengan control sobre el pago de los ingresos. Los agentes de retenci\u00f3n podr\u00e1n ser accionados judicialmente por la cantidad de dinero correspondiente a las retenciones. <\/p>\n<p align=\"justify\">Debido a que las sociedades no son entidades que deban tributar seg\u00fan las leyes impositivas estadounidenses, las retenciones son aplicadas sobre el porcentaje que los socios extranjeros posean sobre los ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas (FDAP). En el caso de una sociedad norteamericana, la sociedad est\u00e1 obligada a retener los impuestos sobre los pagos que se efect\u00faen al socio extranjero. En el caso de una sociedad extranjera, aquel que pague los ingresos debe retener los impuestos sobre los importes a pagar a una sociedad extranjera. <\/p>\n<p align=\"justify\">A menudo, un agente de retenci\u00f3n no puede determinar cuando un pago cae en alguna de las categor\u00edas de FDAP descriptas, porque la caracterizaci\u00f3n de cada ingreso depende de las circunstancias individuales de quien reciba el pago. Por ejemplo, quien pague una beca escolar puede no saber si estos fondos est\u00e1n siendo usados para gastos calificados. Las normas del Tesoro generalmente requieren que la retenci\u00f3n de impuestos se aplique sobre la totalidad del pago, dejando a responsabilidad del pagador corregir las irregularidades que pudieran existir pidiendo un retorno de impuestos. <\/p>\n<p align=\"justify\">En ciertas instancias, un agente de retenci\u00f3n est\u00e1 exento de retener impuestos de cualquier tipo. Por ejemplo, un agente de retenci\u00f3n puede confiar en la declaraci\u00f3n del pagador en cuanto a que es ciudadano norteamericano, residente o una corporaci\u00f3n o sociedad local. <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Ingresos efectivamente conectados con un comercio o negocio en los EE.UU.<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Los ingresos de un extranjero no residente que est\u00e9n efectivamente conectados con la consecuci\u00f3n de un negocio o comercio estadounidense (tambi\u00e9n conocidos como Ingresos Efectivamente Conectados o ECI) est\u00e1n sujetos a gravamen a nivel \u201cneto\u201d, queriendo decir que el no residente puede considerar ciertas deducciones permitidas cuando compute la cantidad de sus ingresos sujetas a gravamen. Sumado a esto, el impuesto deber\u00e1 pagarse luego del cierre del a\u00f1o impositivo a tasas normales y graduadas, al rev\u00e9s de lo que sucede cuando se debe retenerlo en el momento del pago con una tasa fija del 30%. <\/p>\n<p align=\"justify\">Se considera comercio o negocio estadounidense a todas las actividades orientadas al lucro que se desarrollen directamente o a trav\u00e9s de agentes en los Estados Unidos, de manera sustancial y continua. La prestaci\u00f3n de servicios en los EE.UU. en cualquier momento durante un a\u00f1o fiscal constituye un comercio o negocio estadounidense. Este concepto ha sido aplicado, por ejemplo, a una sola prestaci\u00f3n individual por un artista o deportista extranjero de visita en el pa\u00eds. Una excepci\u00f3n, de alcance limitado e id\u00e9ntica a aquellas bajo el r\u00e9gimen de ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas (FDAP), se aplica a los extranjeros no residentes en los Estados Unidos por cortos per\u00edodos de tiempo que provean servicios limitados (de $3.000 o menos). <\/p>\n<p align=\"justify\">Saber si un determinado tipo de ingreso constituye Ingresos Efectivamente Conectados puede ser un proceso complicado. Los items normalmente incluidos en el r\u00e9gimen de ingresos o ganancias fijas, peri\u00f3dicas y anualmente determinadas (FDAP) son tratados como Ingresos Efectivamente Conectados si cumplen una o dos condiciones. La primera condici\u00f3n se cumple si el tipo de ingreso bajo el FDAP proviene de activos usados o pose\u00eddos durante la prosecuci\u00f3n de negocios en los EE.UU. La segunda condici\u00f3n se cumple si las actividades referidas a los negocios o comercios estadounidenses fueron un factor material para que se produzcan los ingresos. Los items que normalmente no se incluyen bajo el r\u00e9gimen del FDAP, como ganancias derivadas de la venta de bienes del inventario f\u00edsico, podr\u00e1n considerarse conectadas con un negocio o comercio estadounidense si esas ganancias derivan de fuentes dentro de los Estados Unidos (sin importar si ese comercio est\u00e1 efectivamente vinculado a un negocio o comercio de EE.UU.). Por ejemplo, una corporaci\u00f3n extranjera mantiene un negocio estadounidense a trav\u00e9s del cual vende muebles para oficina, y una oficina en el extranjero a trav\u00e9s de la cual vende partes de computadora. La que derive de la venta de partes de computadora a clientes dentro de los Estados Unidos es considerado Ingresos Efectivamente Conectados. <\/p>\n<p align=\"justify\"><strong>Validez de los tratados impositivos<\/strong><\/p>\n<p align=\"justify\">Bajo la mayor\u00eda de los tratados impositivos, las ganancias derivadas de los negocios que mantengan residentes de otros pa\u00edses podr\u00e1n ser gravadas en los Estados Unidos solamente si el no residente est\u00e1 \u201cestablecido de forma permanente\u201d dentro de los EE.UU. y las ganancias son atribuibles a esa residencia permanente. Un establecimiento permanente (PE) es un lugar fijo en el cual se llevan adelante las actividades referentes a los negocios. Ejemplos de PEs son oficinas y lugares de administraci\u00f3n. Ciertas dependencias est\u00e1n exentas de caer bajo la categorizaci\u00f3n de PE, en consecuencia eximiendo de gravamen en los Estados Unidos a las ganancias que provengan directamente de esas dependencias.<\/p>\n<p align=\"justify\">Fuente: enplenitud.com<\/p>\n<p align=\"justify\"><a href=\"http:\/\/www.cronista.com\/notas\/212129-argentinos-sufririan-retenciones-impuestos-eeuu\" target=\"_blank\">Argentinos sufrir\u00edan retenciones de impuestos en EE.UU.<\/a><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.mrtrader.com.ar\/?p=1323\">Impuestos a la renta financiera, acciones y dividendos en EE.UU<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En uno de los \u00faltimos post trate el tema del impuesto a la renta financiera para los residentes en Estados Unidos, de ah\u00ed nacieron varias consultas sobre los impuestos que tiene un inversor no residente en dicho pa\u00eds. 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