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Este proyecto no fue aprobado, ahora hay uno nuevo  Jubilación anticipada por desempleo, 2012 

Por el impacto de la crisis sobre el empleo, en el Congreso el oficialismo y la oposición quieren reimplantar la jubilación anticipada por desempleo. La iniciativa -que unifica un proyecto de las diputadas Edith Llanos (FPV) y María América González (SI) y ya tiene dictamen favorable de la Comisión de Previsión de la Cámara Baja- permite a los que están desocupados y tienen 30 años de aportes a la Seguridad Social, jubilarse 5 años antes.

Así el proyecto acordado por los distintos bloques fija que todas las mujeres cuando cumplen 55 años y los hombres 60 años, si acreditan como mínimo 30 años de aportes y estaban desocupados al 31 de agosto de 2009 y lo siguen estando, podrán obtener la jubilación anticipada.

En ese caso cobran la mitad del beneficio que les correspondería percibir al cumplir los 60 las mujeres o 65 años los varones. Pero se aclara que esa jubilación «en ningún caso podrá resultar inferior al haber mínimo», que hoy de $ 827. Ese monto se ajusta dos veces por año de acuerdo a la fórmula de movilidad.

El pago del beneficio se interrumpe si la persona encuentra trabajo en relación de dependencia o por cuenta propia o si cobra una pensión graciable o no contributiva, planes sociales de cualquier tipo, retiro civil o militar.

El proyecto aclara, sin embargo, que en esos casos «el beneficiario podrá optar por la más favorable»

Según la AFIP, y a pesar del blanqueo laboral, el número de cotizantes a la Seguridad Social en relación de dependencia declarado por las empresas se redujo de 6.153.000 en el tercer trimestre de 2008 a 5.860.000 en igual período de 2009: son 293.000 empleos menos.

Por despidos y «retiros voluntarios», una proporción elevada es gente mayor.

¿esta decisión afectara la movilidad de las jubilaciones?

Como ya lo trate en otro post, la famosa formula de la movilidad, tiene en cuenta los recursos de la ANSES y la cantidad  de jubilados, básicamente divide esos recursos por la cantidad de jubilados .

Por ello, esta jubilación anticipada sumará mas jubilados para los mismo recursos, si se incluyen en la formula estos causaría la disminución de la movilidad jubilatoria.

Pero todavía no está aprobada tal vez se excluya del cálculo de movilidad a estos nuevos jubilados, como se hace con los de moratoria.

Igualmente, si es excluida de una u otra forma tocara los recursos de la ANSES.

Jubilación anticipada por desempleo, 2012 

Explicación de la movilidad en la jubilación

Cómo se calcula la jubilación y movilidad, ¿cuanto cobraré?

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25 Comment(s)

  1. tengo 62 años y8 meses ,estoy desucpado desde el 1 de enero de 2008 con 39años y4 meses de aporte en una sola empresa ,podre acogerme a algun beneficio antes de los 65 año?

    agustin | Dic 1, 2009 | Reply

  2. Cuanto es el % de aporte a la obra social (PAMI)que se descuenta por mes.
    A)Solo jubilado
    B)Jubilado y conyuge

    Enrique Luis Crespi | Dic 5, 2009 | Reply

  3. que es el mopre? cual es su tope minimo y maximo actual? se aplica para todas las remuneraciones(f 931)? q es el haber minimo de 827.33? a que se refiere con el valor de la movilidad en 7.34%? esperamos su respuesta, muhcas gracias!

    florencia | Dic 7, 2009 | Reply

  4. FLor fijate aca
    http://www.mrtrader.com.ar/?p=893

    Marcelo | Dic 8, 2009 | Reply

  5. Hola ,cumplo 60 años dentro de 5 meses,y estoy desocupado por depido desde hace 6 meses.Quisiera podrian informarme si me puedo jubilar con los 60 años y 30 de aportes ,siempre en relacion de dependencia.Ya se aprobo la ley?, y si es asi a donde me dirijo y como tengo que hacer los tramites.
    Atte.Agustin.-

    agustin | Dic 13, 2009 | Reply

  6. En cuanto al proyecto de ley de jubilación anticipada entiendo que es una excelente medida dado que se trata de amparar a personas que sin desearlo han sido excluídas de la actividad laboral, ya sea por despidos o bien por retiro acordados (despido en cubierta). Un tema a analizar con profundidad es el límite de edad, 60 años, y la fecha límite del despido, 31-08-2009. Que ocurre con aquellos argentinos que han trabajado y aportado por 30 o más años y siendo despedidos y/o obligados a acordar un retiro, digo obligados porque todo ser humano de una trayectoria laboral prefiere el acuerdo ante el despido, ante la amenaza del despido sin causa. LA SALA SEGUNDA DE LA CÄMARA LABORAL, ha fallado que es Descriminatorio echar a mayores de 55 años, porque no tomar esta edad para el caso de los despedidos y como periodo el año 2009, hasta 31 de Diciembre, dado que el país y la presidenta así lo ha establecido, la crisis fue durante todo el 2009 y los despidos y desvinculaciones también. Seguramente los entes de control dieron su OK a las empresas como una medida de enfretar la crisis, reducir costo, eliminando fuentes de trabajo, se corta por lo de menor recursos, «los empleados» y si están fuera de convenios, mejor.

    Le expongo mi caso particular, tengo 58 años, con fecha 27 de Octube me desvincule de Petrobras. Me invitaron a hacerlo o bien me despedían, así me lo informaron. A pesar que mi asiento laboral estaba en San Lzo, entiendo que en la provincia de Santa Fe por la emergencia laboral no se podía despedir sin causa, pero este fue el ofrecimiento como mejor alternativa. Lógicamente en una sociedad en crisis, reinsertarse laboralmente a los 58 años es bastante complicado, iniciar una actividad propia tiene su complejidad, por lo que uno se encuentra excluído laboralmente. Por lo explicado, solicito se eleve a quien corresponda, cambiar el contenido del proyecto de ley en lo que respecta a edad y fecha desde la que se encuentra desocupado.

    atte.

    Arsenio Omar Fernández | Ene 6, 2010 | Reply

  7. Entiendo que sería muy oportuno reimplantar la Jubilación anticipada para todos aquellos casos que por motivo de la crisis financiera han pérdido su puesto de trabajo.

    En cuanto a los años debería ser para todos aquellos mayores de 55 años y pérdida del trabajo durante el año 2009.

    atte.

    Arsenio | Ene 6, 2010 | Reply

  8. Entiendo que es muy oportuno aprobar el proyecto de ley de Jubilación Anticipada en beneficio de aquellas personas despedidas o desvinculadas de sus empleos durante el 2009, por este motivo.

    En cuanto a los años de los beneficiarios debería ser mayores de 55 años, periodo sin empleo, desde 2009, cumpliendo con el total de años de aportes según ley.

    Arsenio | Ene 6, 2010 | Reply

  9. Quisiera saber cuando se aprueba el reglamento ya que tengo entedido que este mes de enero se cumple, me acerque a mi afp pero no me dan ninguna enformacion donde puedo consultar.

    WALTER | Ene 6, 2010 | Reply

  10. quisiera saber cuando sale el reglamento, me acerque a mi afp no me dan informacion donde puedo recibir mayor informacion

    WALTER | Ene 6, 2010 | Reply

  11. Creo no se puede esperar mas que esta parte de la sociedad que cumpliò con creces con los años de aportes y trabajo ycon la edad citada ya sin perspectivas de ningùn trabajo sin dilatar mas se debeìa por un decreto y en forma ràpida otorgar el beneficio de jubilaciòn anticipada, dado la injusticia que se comete con ellos en hacerlos esperar tanto tiempo cuando se han dado jubilaciones a l persona que nunca aportaron en su vida. ESPERO SE HAGA REALIDAD PROXIMAMENTE.
    No podemos esperar màs.

    Alberto | Ene 23, 2010 | Reply

  12. Por favor, podrían avisarnos cuando se dicte la ley?. Hay algún tiempo estimado de resolución?. Gracias.

    Agustina | Feb 8, 2010 | Reply

  13. Hola Agustina, fue aprobada en comisión, supuestamente este año se tratara la ley en las camaras.

    Mr. Trade | Feb 8, 2010 | Reply

  14. Se tratarà en el mes de Marzo el proyecto de ley por jubilacion anticipada? que posibilidades tenemos.
    Gracias

    Susana | Feb 23, 2010 | Reply

  15. tengo 51 años tengo mas o menos aportado desde el año 81 en este momento estoy desocupado para siempre segun los empresarios porque ya no sirvo por edad, las enfermedades etc. ¿pregunto no hay formas de solucionar este problemas de nosotros los viejos ?

    david | Mar 9, 2010 | Reply

  16. Consulta al ANSES, si te despieron tenes que tramitar el seguro de desempleo ..
    http://www.anses.gov.ar/desempleados/default.php

    Tambien consulta esto :

    Sr./a Beneficiario/a del Seguro por Desempleo:
    Si su Seguro por Desempleo finalizó entre el 1º de junio y el 31 de diciembre de 2009 y usted continúa sin conseguir empleo, por Resolución MTEySS Nº 606/09, puede solicitar su incorporación al Seguro de Capacitación y Empleo por un plazo de 6 meses ($ 225 por mes). Para más informes dirigirse a la Oficina de Empleo de su Municipio o llamar al 0800-222-2220 o en http://www.trabajo.gob.ar.
    Secretaria de Empleo – Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

    Saludos

    Mr. Trade | Mar 9, 2010 | Reply

  17. hola. Espero alguien me sepa contestar. Qué pasa si una persona tiene 60 años, registra más de los 30 años de aportes requeridos y se queda sin empleo, pero esto sucede después de agosto del 2009. Puede solicitar la jubilación anticipada por desempleo? o tiene algún periodo de carencia? Gracias.

    Cecilia | Mar 18, 2010 | Reply

  18. Todavia no ha sido tratada como ley.

    Mr. Trade | Mar 18, 2010 | Reply

  19. quede cesante en marzo del año 2009 tengo 60 años por mi edad no consigo trabajo en ningun lado tengo 34 años de aporte ¿que pasa con la jubilacion anticipada?

    jorge leonardo gomez alvarado | Mar 31, 2010 | Reply

  20. Hola Jorge, por ahora no hay noticias sobre este proyecto de ley, se espera que se trate este año.

    Saludos

    Mr. Trade | Abr 1, 2010 | Reply

  21. Que se puede hacer para que se trate esta ley con urgencia. Los tiempos y las necesidades de los funcionarios evidentemente no son los nuestros.
    Hace cuatro años que me quede sin trabajo y no consigo por mi edad (demas esta decirlo). Tengo los aportes necesarios.
    Gracias.
    Saludos.

    Osvaldo | Abr 6, 2010 | Reply

  22. Mi esposo tiene 60años, hace diez quedó desempleado por cierre de la empresa, por lo tanto no tiene los aportes necesarios.Recibió el fondo de desempleo y nunca más consiguió trabajo, ni plan, ni nada(por la edad y problemas de salud).También va a quedar excluído de esta Ley ya que se dice que es con 30 años de aportes como mínimo? Estos casos deberían tenerse muy en cuenta ya que en el 2000 y 2001 a muchos les ha pasado.
    Muchas gracias por permitir expresarme.

    Mari | Abr 11, 2010 | Reply

  23. Hola Mari, te sugiero que te acerques a la delegacion de ANSES mas cercana a tu domicilio, es probable que algun tipo de jubilación puede tener tu marido, consultalo.
    Esta ley no incluye estos casos, por otro lado si el congreso sigue cerrado como lo esta, no habra leyes este año.
    Saludos

    Mr. Trade | Abr 11, 2010 | Reply

  24. Hola: Tengo 57 años de edad, estoy desocupado y con veintidos, años de aporte en relacion de dependencia, podre gestionar algun tipo de beneficio?

    Eduardo | Abr 15, 2010 | Reply

  25. Hola Eduardo, consulta en el ANSES mas cercano a tu casa.

    Mr. Trade | Abr 15, 2010 | Reply

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